Edicto
Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona,
Hago saber: Que en el concurso abreviado 2/2009 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de J.A & F.A ENCOFRADOS Y SERVICIOS, S.L., con CIF B63956023, con domicilio en calle Ramón Turró, 344, 1.º, 1.ª, Barcelona.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 12 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.
EDICTO
Don Miguel Ángel Chamorro González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 2/2009, en el que se ha dictado con fecha 14 de enero de 2009, auto declarando en estado de concurso a la entidad y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Tipo de concurso: Voluntario.
Solicitante: J.A. & F.A. Encofrados y Servicios, S.L., con domicilio en calle Josep Tarradellas, 9 - Abrera (Barcelona).
Concursada: J.A. & F.A. Encofrados y Servicios, S.L.
Administrador/es concursal/es: doña Itziar Ventura Vidal, con domicilio en avenida Diagonal, 416, 1° - 1ª, de Barcelona (abogado).
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través del Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de 15 días a contar desde la ultima de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 15 de enero de 2009.- El Secretario Judicial, don Miguel Ángel Chamorro González.