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Concurso de acreedores terminado Baniela Nuñez Promociones Sl

El 26-01-2015, Baniela Nuñez Promociones Sl, en NAVIA (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B33579822. La actividad (principal) de Baniela Nuñez Promociones Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Baniela Nuñez Promociones Sl
Localidad:
NAVIA
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B33579822
Número de insolvencia:
B33579822
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VENANCIO MARTINEZ, Nº6 BAJO 0
33710 NAVIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-02-2015
A150005564
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en éste órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 000003/2015, se ha dictado en fecha 26 de enero de 2015, Auto de Declaración de Concurso Voluntario y de conclusión por insuficiencia de masa activa del deudor Baniela Núñez Promociones, S.L., con CIF: B-33579822, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Venancio Martínez, s/n, Navia (Asturias).

2.º Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr. Torre Lorca, en nombre y representación de Baniela Núñez Promociones, S.L.

3.º Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de Baniela Núñez Promociones, S.L.

4.º Se acuerda la conclusión del concurso de Baniela Núñez Promociones, S.L., por insuficiencia de la masa activa.

5.º Se acuerda la extinción de la mercantil Baniela Núñez Promociones, S.L.

6.º Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el Procurador instante de este expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.

Modo de Impugnación:

1.-Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

Oviedo, 26 de enero de 2015.- El Secretario Judicial.

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