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Concurso de acreedores terminado Momplet Sa

El 30-01-2015, Momplet Sa, en MASIA DEL OLIVERAL (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es A46261376. La actividad (principal) de Momplet Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Momplet Sa
Localidad:
MASIA DEL OLIVERAL
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A46261376
Número de insolvencia:
A46261376
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
K (POL EL OLIVERAL) 15
46394 MASIA DEL OLIVERAL
Mostrar en tarjeta
-
CL :
DELS TRAGINERS (PG IND VARA DE QUART) 5
46014 VALENCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-11-2019
A190065071
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario [CNO] - 68/2015 Voluntario, de la deudora Concursada ZANOTTI IBÉRICA DE REFRIGERACIÓN, S.L.U., y MOMPLET, S.A., con CIF N° B97305403 y A46261376, con domicilio en el Polígono Industrial El Oliveral, calle K nº15, Ribarroja del Turia (Valencia) y Polígono Industrial El Oliveral, calle K nº15, Ribarroja del Turia (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 28 de octubre de 2019 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 28 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª José Roig Sapiña.

24-02-2015
A150006608
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.° 68/2015, habiéndose dictado en fecha 30 de enero de 2015 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Momplet, S.A., y Zanotti Ibérica de Refrigeración, S.L.U., con domicilio en Polígono Industrial El Oliveral, Calle K, n.º 15, Ribarroja del Turia (Valencia), y Polígono Industrial El Oliveral, Calle K, n.º 15, Ribarroja del Turia (Valencia), y CIF n.º A46261376 y B97305403, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 3688, folio 204, hoja V-13737, y al tomo 7396, follio 218, hoja V-88052. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de las concursadas, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don José Luis Calbo Silvestre, con domicilio en la calle Alameda, 31-1.º, Valencia, y correo electrónico joseluiscalbo@lexaliaslp.com. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 30 de enero de 2015.- El Secretario Judicial.

Informes
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