Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 000064/2011 voluntario, de la deudora concursada "Promociones Alternativas de Gestión del Suelo, S.L.", con CIF número B-97655724, con domicilio en la calle Vicent Ignasi Franco, número 28, 2, Villanueva de Castellón, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 2 de octubre de 2012, por el ilustrísimo sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros públicos que corresponda. El deudor, caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (artículo 178 de la LC).
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 2 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario número 000064/2011, habiéndose dictado en fecha catorce de febrero de dos mil once por el ilustrísimo señor Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Promociones Alternativas de Gestión del Suelo, S.L., con domicilio en calle Vicent Ignasi Franco, n.° 28-2, Villanueva de Castellón y CIF n.º B-97655724, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, Tomo 8314, libro 5605, Folio 80, Hoja V-109139, Inscripción 1.ª
Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 14 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.