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Concurso de acreedores Freshko Foods Sl

El 06-05-2020, Freshko Foods Sl, en MOLINA DE SEGURA (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B30474811. La actividad (principal) de Freshko Foods Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Freshko Foods Sl
Localidad:
MOLINA DE SEGURA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B30474811
Número de insolvencia:
B30474811
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
REINO DE MURCIA, 10E 0
30506 MOLINA DE SEGURA
Mostrar en tarjeta
-
PZ :
CARDENAL BELLUGA, 4 - PISO 1 0
30001 MURCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-05-2020
A200017922
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 116/2020 y NIG n.º 30030 47 1 2019 0001274, se ha dictado en fecha 6 de mayo de 2020 auto de declaración de concurso voluntario abreviado de la deudora Freshko Foods, S.L., con CIF n.º B-30474811, y domicilio en avenida Reino de Murcia, n.º 10 E, Urbanización Altorreal, 30506 Molina de Segura, Murcia.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor queden intervenidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad Galber Concursal, S.L.P., con domicilio profesional sito en calle González Adalid, n.º 9, 4.º A, 30001 Murcia, teléfono 868 912 859, fax 868 918 916 y cuenta de correo electrónico bqabogados@icamur.org, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, habiendo designado al Abogado don José Tomás Bernal-Quirós González, quien ha aceptado el cargo en nombre y representación de dicha sociedad el 12 de mayo de 2020.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado ni en la Oficina de Registro de esta ciudad.

5.º Se ha acordado la publicación del concurso en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y tablón de anuncios de este Juzgado.

Se advierte a las partes que, conforme a la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, los plazos procesales quedan suspendidos en todos los órdenes jurisdiccionales en tanto mantenga su vigencia dicha suspensión.

Murcia, 12 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

Informes
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