D. José Alfredo RodrÃguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara,
Hago saber: Que en el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Acuerdo: La reapertura del procedimiento concursal de la entidad deudora ZACATIN, S.A., CIF n.º A-28711273, con domicilio en Avda. de Europa, n.º 3, Fontanar (Guadalajara), inscrita en el registro mercantil de Guadalajara al Tomo 487, folio 81, hoja GU-6454.
Se rehabilita en el ejercicio de sus cargos a la Administración Concursal nombrada en el presente procedimiento, D. ALEJANDRO LATORRE ATANCE y D.ª MAGDALENA TORRES MONTEJANO, autorizándoles a la práctica de cuantas diligencias, procedimientos y gestiones para el cobro de las cantidades que procedan, y pago de los créditos concursales conforme al orden establecido por la Ley.
Guadalajara, 16 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración Concursal.
Edicto
Doña M.ª Emma López Portillo, Secretaria judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1368/2010, por auto de fecha 9 de marzo de 2015, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por la insuficiencia de masa activa, al no existir bienes o derechos de la concursada susceptibles de ser realizados, ni derechos de cobro con valor económico a favor de aquella, de la entidad concursada ZACATIN, S.A., con CIF A-28711273, no existiendo otros bienes o derechos propiedad de la concursada, tampoco acciones de reintegración de la masa activa pendientes de ser ejercitadas, habiendo cesado la concursada su actividad, quedando el deudor responsable del pago de los créditos no satisfechos en este procedimiento universal, pudiendo iniciar los acreedores, ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado.
Guadalajara, 16 de marzo de 2015.- La Secretario judicial.
Edicto
Doña María Emma López Portillo, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
Que en el sección I declaración concurso 0001368 /2010, referente al concursado Zacatín, S.A. CIF A28711273 con domicilio en Avda. de Europa, n.º 3, Fontanar (Guadalajara), por auto de fecha 2 de febrero de 2012, se ha acordado lo siguiente:
l. - Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Se ha declarado disuelta la Sociedad Zacatín, S.A., acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
3.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Guadalajara, 2 de febrero de 2012.- El/la Secretaria Judicial.
Doña Pilar Henar Mariscal, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal S1C 1368/2010, referente al deudor Zacatín, S.A., con CIF número A-28711273, y domicilio en Fontanar (Guadalajara), Avenida de Europa, número 3, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Guadalajara, 18 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
Edicto.
Doña Pilar Henar Mariscal, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 0001368/2010, por auto de fecha 1 de junio de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a la deudora "Zacatín, S.A.", CIF n.º A-28711273, con domicilio en Fontanar (Guadalajara), Avda. de Europa, n.º 3.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal integrada por el Economista n.º 23.471 del Colegio Oficial de Economistas de Madrid, don José Manuel Álvarez Arias y por la Letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara, doña Magdalena Torres Montejano, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Guadalajara, 18 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.