Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Avanza Imagen Y Comunicacion Sl (En Liquidacion)

El 05-12-2013, Avanza Imagen Y Comunicacion Sl (En Liquidacion), en SANT VICENT DEL RASPEIG (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54351069. La actividad (principal) de Avanza Imagen Y Comunicacion Sl (En Liquidacion) es publicidad y estudios de mercado.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Avanza Imagen Y Comunicacion Sl (En Liquidacion)
Localidad:
SANT VICENT DEL RASPEIG
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B54351069
Número de insolvencia:
B54351069
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
LA LIBERTAD, 49 - PLT 3 C 0
03690 SANT VICENT DEL RASPEIG
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-11-2017
A170081244
 
  • Conclusión del concurso
 

D.ª Cristina Cifo González, Letrada A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Alicante n.º 1 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el Concurso Ordinario n.º 673/13, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U., con CIF B-54351069, y con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), avenida de la Libertad, n.º 49, entresuelo B, se ha dictado auto de conclusión en fecha 7-11-2017, que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara concluso el concurso de acreedores de AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U.

2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3. Se acuerda la extinción de AVANZA IMAGEN Y COMUNICACIÓN, S.L.U., con CIF B-54351069, en liquidación con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante) Avenida de la Libertad, n.º 49, entresuelo B, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 21 de septiembre de 2017

5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso ( art. 177).

 Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Alicante, 7 de noviembre de 2017.- Letrada Administración de Justicia.

27-01-2014
A140002037
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el Administrador Concursal, proveído por resolución de fecha 15/01/2014, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º 673/13 y de la concursada Avanza Imagen y Comunicación, S.L.U., con CIF B-54351069 y domicilio en San Vicente del Raspeig (Alicante), Avenida de la Libertad, n.º 49, entresuelo B.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto

Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Alicante, 15 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

27-12-2013
A130069785
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero.- Que por Auto de fecha 5 de diciembre de 2013 en el procedimiento con número de autos 673/13-C y N.IG.03014-66-2-2013-0001506 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Avanza Imagen y Comunicación, S.L.U., con CIF B-54351069 y con domicilio en San Vicente del Raspeig (Alicante) Avenida de la Libertad, n.º 49 entresuelo B.

Se declara el cese de los liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Consta que el deudor ha interesado la liquidación.

Segundo.-Que al deudor le han sido suspendidas sus facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasarán a ejercerse por la administración concursal.

Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal don Rafael Romero Huertas en calidad de Economista con domicilio postal en calle Alemania, número 17, 3.º D, Alicante, Teléfono 968897270 y dirección de correo electrónico rafaelromero@romehuconsultores.com para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado".

Alicante, 13 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos