Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Miraver DiSseny I Construccions S.L.

El 28-11-2011, Miraver DiSseny I Construccions S.L., en MARIA DE LA SALUT (Baleares) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B57337370. La actividad (principal) de Miraver DiSseny I Construccions S.L. es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Miraver DiSseny I Construccions S.L.
Localidad:
MARIA DE LA SALUT
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B57337370
Número de insolvencia:
B57337370
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DES PUJOLET 26
07519 MARIA DE LA SALUT
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-11-2017
A170085770
 

D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma,

Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Necesario n.º 461/11 de la entidad MIRAVER DISSENY I CONSTRUCCIONS, S.L., con CIF B57337370, y con domicilio en C/ Pujolet, n.º 26, de Santa María de la Salud; en los que, por resolución de fecha 21/11/17 se ha acordado:

La conclusión del presente procedimiento y archivo de las actuaciones.

Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.

Palma de Mallorca, 21 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

17-01-2012
A120002117
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Paula Cristina de Juan Salvá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 416/2011-D (NIG 07040 47 1 2011 0000726) se ha dictado a instancias de la entidad Pavimentos Man S.L. auto de declaración de concurso necesario del deudor Miraver Disseny i Construccions, S.L., CIF n.º B-57337370, con domicilio en calle Pujolet, 26, de María de la Salud, Mallorca, Illes Balears.

2.º La fecha del auto de declaración: 28 de noviembre de 2011.

3.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso, siendo sustituida por la administración concursal.

4.º Se ha nombrado Administrador concursal a don Juan Bonet Pou, Economista, con dirección postal en calle Hostal de Santanyi, n.º 3, esc. iz,1-2.ª, 07002 de Palma, Illes Balears, teléfono 971665829, fax 971665832 y dirección electrónica: jbonet342@gmail.com

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de quince días, a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 13 de enero de 2012.- La Secretario Judicial.

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