El Gobierno ha emprendido una segunda reforma de la Ley Concursal para «facilitar los acuerdos que permitan la supervivencia de las empresas» en riesgo de quiebra.
Una de las novedades introducidas en el real decreto ley aprobado ayer en Consejo de Ministros es la posibilidad de extender los efectos del convenio general a los acreedores disidentes, incluidos los públicos. Es decir, que un grupo de deudores privados podrá obligar a Hacienda, la Seguridad Social, comunidades autónomas o ayuntamientos a asumir quitas de las empresas en fase concursal. Ahora bien, para que la propuesta de condonación de deuda pueda imponerse a todo el pasivo deberá contar un determinado porcentaje de votos a favor. Aquí es donde Hacienda se guarda un as en la manga.