Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Talleres Tecor Sociedad Anonima

El 03-02-2010, Talleres Tecor Sociedad Anonima, en SORALUZE/PLACENCIA DE LAS ARMAS (guipúzcoa) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número de insolvencia de esta empresa es A20102430. La actividad (principal) de Talleres Tecor Sociedad Anonima es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Talleres Tecor Sociedad Anonima
Localidad:
SORALUZE/PLACENCIA DE LAS ARMAS
Provincia:
guipúzcoa
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A20102430
Número de insolvencia:
A20102430
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
BO :
SAGAR-ERREKA 1
20590 SORALUZE/PLACENCIA DE LAS ARMAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-05-2014
A140019940
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia/San Sebastián anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 57/2010 en el que figura como concursado/a Talleres Tecor, S.A., se ha dictado el 22/4/2014 auto declarando concluso el concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y el archivo de las actuaciones.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

En Donostia/San Sebastián, 22 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

22-07-2010
57170
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 57/2010 referente al concursado "Talleres Tecor, Sociedad Anónima", con DNI A20102430, por auto de fecha 12 de julio de 2010, se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Talleres Tecor, Sociedad Anónima", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal.

4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Donostia–San Sebastián, 12 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.

15-02-2010
8918
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 57/2010, por auto de 3 de febrero de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Talleres Tecor, Sociedad Anónima", con NIF A20102430, con domicilio en calle Sagar Erreka número 1 2º - Soraluze-Placencia de las Armas, y cuyo centro coincide con su domicilio social.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Donostia-San Sebastián, 3 de febrero de 2010.- La Secretario Judicial.

Informes
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