Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, anuncia:
Que, en el procedimiento concursal número Pz, de propuesta de modificación de convenio 973.14/13, se ha dictado el 24 de julio de 2017, sentencia aprobando judicialmente la modificación de convenio propuesto por MILLA MED, S.A.
La modificación del convenio está de manifiesto en la SecretarÃa del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga que debe interponerse en el plazo de veinte dÃas, computándose desde última publicación de este edicto.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantÃa de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto número 4659, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurÃdica gratuita.
Málaga, 28 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga anuncia:
1.- Que, en el procedimiento concursal número Pz de propuesta anticipada de convenio 973.12/13, se ha dictado el 1 de septiembre de 2014, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Milla Med, S.A.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta anticipada de convenio cumplía los requisitos de forma y fondo exigidos por la Ley, ha contado con las adhesiones necesarias conforme a la Ley Concursal y no se ha formulado oposición alguna en los plazos legalmente establecidos.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga que debe interponerse en el plazo de veinte días computándose desde última publicación de este edicto.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto n.º 4659, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Dado en Málaga, 1 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 973/2013, con NIG 2906742M20130000568 por auto de 8 de octubre de 2013, se ha declarado en concurso al deudor Milla Med, S.A., con domicilio en calle Alesandro Volta, número 2, edificio Charanga, 29590, Campanillas, (Málaga).
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, S.L.P., en la persona de Francisco Romero Román, domicilio: calle Martínez, 11, oficina 303, Málaga, teléfono 952062733, profesión: abogado, dirección de correo electrónico: procesoconcursal.millamed@cuatrecasas.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Málaga, 14 de octubre de 2013.- El/La Secretario Judicial.