Edicto
D.ª M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N. 2 de Zaragoza, anuncia:
1. Que en la Sección I Declaración de Concurso 402/2013-B, referente al deudor Proyman Electrónica Industrial, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
4. La Administración concursal es:
D. Pedro B. Martín Molina, calle Don Jaime I, n.º 41, 1.º derecha, de Zaragoza, teléfono 976.39.34.37 y dirección electrónica señalada:
proymanelectronica@legalyeconomico.com
Zaragoza, 20 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Jdo. Mercantil núm.. 2 de Zaragoza, por el presente,
Hago saber:
1.° Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 402/2013-B y NIG n.° 50297 47 1 2013 0000522 se ha dictado en fecha 5-11-2013 auto de declaración de concurso voluntario y abreviado del deudor Proyman Electrónica Industrial, S.L., con CIF B50529296, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Proalca, calle Velázquez, nave 100, de Cadrete (Zaragoza).
2.° Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don Pedro Bautista Martín Molina, con domicilio postal en calle Don Jaime 1, n.° 41, 1.° derecha, de Zaragoza, teléfono 976.39.34.37 y dirección electrónica señalada:
proymanelectronica@legalyeconomico.com
para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.° Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.° No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.
Zaragoza, 14 de noviembre de 2013.- La Secretario Judicial.