Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Maderas Magoot Sl (En Liquidacion)

El 16-09-2013, Maderas Magoot Sl (En Liquidacion), en PONTEAREAS (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. Como síndico se ha designado REY DOS SANTOS, MARCOS. El número de insolvencia de esta empresa es B36217339. La actividad (principal) de Maderas Magoot Sl (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Maderas Magoot Sl (En Liquidacion)
Localidad:
PONTEAREAS
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36217339
Número de insolvencia:
B36217339
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
OLIVEIRA SAN LOURENZO (C/ PAREDES), S/N - 3 0
36860 PONTEAREAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-01-2016
A160001305
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

Don Jose Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 217/2013-D y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000335, se ha dictado en fecha 9.12.15 Auto de Conclusión de Concurso Voluntario del deudor Maderas Magoot, S.L., cuya parte dispositiva dice:

"1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Maderas Magoot, S.L., con CIF B-36217339 con domicilio en Lugar San Lorenzo de Oliveira (Ponteareas), con los efectos legales inherentes.

2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4. Se acuerda la extinción de la sociedad Maderas Magoot, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme."

Y para su conocimiento general se publica el presente.

Pontevedra, 9 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

19-10-2013
A130056612
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

EDICTO

Don José Luis Gutiérrez Martin, Secretario Judicial de Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 217/2013-D y NIG nº 36038 47 1 2013 0000335 se ha dictado en fecha 13.09.13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Maderas Magoot, S.L. con C.I.F. B-36.217.339, cuyo centro de intereses principales lo tiene en San Lorenzo de Oliveira, s/n, Ponteareas.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Marcos Rey dos Santos, con D.N.I. 53.171.505-J, con domicilio postal en calle Eduardo Iglesias, nº 6, 1º - A, 36202, Vigo y dirección electrónica señalada marcos.rey@rblasociados.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

Pontevedra, 16 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial,

Síndico / administrador
Síndico:
REY DOS SANTOS, MARCOS
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
-
Sitio web:
-
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos