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Concurso de acreedores Industria Najerina Del Mueble Artesano Sa

El 21-06-2013, Industria Najerina Del Mueble Artesano Sa, en TRICIO (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es A26020164. La actividad (principal) de Industria Najerina Del Mueble Artesano Sa es fabricación de muebles.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Industria Najerina Del Mueble Artesano Sa
Localidad:
TRICIO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A26020164
Número de insolvencia:
A26020164
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
LOGROÑO 0
26312 TRICIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-02-2014
A140003724
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 549/13 referente a la entidad INDUSTRIA NAJERINA DEL MUEBLE ARTESANO, S.A., con fecha siete de enero de dos mil catorce se ha dictado Auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:

1.-Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal de INDUSTRIA NAJERINA DEL MUEBLE ARTESANO, S.A., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2.-Recordar a la Administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3.-Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.

4.-Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios del a solicitud de declaración de concurso, de la documentación que se hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

5.-Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

6.-Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Logroño, 7 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.

02-12-2013
A130064438
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

D.ª María Asunción González Elías, Secretaria Judicial de Jdo. Primera Instancia n.º 6 de Logroño, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 549/2013, referente al deudor Industria Najerina del Mueble Artesano, S.A., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Logroño, 12 de noviembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

07-10-2013
A130054963
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de la Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 549/2013, instado por la Procuradora Sra. Mónica Emma Palacio Angulo, en nombre y representación de Industria Najerina del Mueble Artesano, S.A., con CIF A-26020164 y domicilio social en Carretera de Logroño, s/n, de la localidad de Tricio (La Rioja), inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja al Tomo 284, folio 97, hoja LO-1688, inscripción 8.ª, por Auto de fecha 20 de septiembre de 2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor y de la administración concursal, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1 de la Ley Concursal, formándose la sección quinta del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursas sobre su patrimonio.

3.- La disolución de las entidades concursas, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- En el plazo de diez días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la LC.

5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 20 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

29-08-2013
A130048711
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 549/2013, Sección I, Declaración Concurso Voluntario Abreviado y NIG n.º 26089 42 1 2013 0003468, se ha dictado en fecha 21 de junio de 2013, Auto de Declaración de Concurso del deudor Industria Najerina del Mueble Artesano, S.A., con domicilio social en Tricio (La Rioja), Carretera de Logroño, s/n, y CIF A-26020164.

2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad EPC de Gestión Administrativa, S.L.P., habiendo aceptado el cargo en su condición de administrador único de la misma el economista y auditor don Emilio Pintos Costa, con domicilio profesional en Zaragoza, Paseo Independencia, n.º 8 duplicado, planta 2.ª, y dirección electrónica señalada concursoindema@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 29 de julio de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

Informes
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