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Concurso de acreedores Agrobadal Sl

El 11-02-2013, Agrobadal Sl, en BENASAL (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12701371. La actividad (principal) de Agrobadal Sl es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Agrobadal Sl
Localidad:
BENASAL
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B12701371
Número de insolvencia:
B12701371
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LORETO 0
12160 BENASAL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-03-2013
A130012324
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D. Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 11/02/13, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, nº000028/2013, N.I.G. 12040-66-2-2013-0000029, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "Agrobadal, S.L.", domiciliado en la Calle Juan Pablo Climent, 25, Villafranca, y C.I.F./D.N.I. número B12701371.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Juan Guillermo Enrique Miranda, con domicilio en C/Enric Valor i Vives num. 43 entlo. de Vila-real (Castellón) y dirección electrónica asesoria.enriquemiranda@gmail.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes, al contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al afecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 22 de febrero de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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