Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Anuncia
Que en el procedimiento concursal CNA 565/2018-M en el que figura como concursado Soldaduras de Bedia, S.L., con CIF B-95740288, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 20 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Ahedo Peña.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento CNA 565/2018, NIG n.º 48.04.2-18/019312, por auto de 23 de julio de 2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Soldaduras de Bedia, S.L., con CIF B95740288, con domicilio en Calle Murtaza, Pabellón, n.º 9 – 48390 Bedia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bedia (BIzkaia).
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
Tercero.- Que la Administración Concursal ha correspondido a D.ª Susana Dávila Ruiz cuyos datos son los siguientes:
DNI: 30584508M
Dirección Profesional: C/, Iparraguirre 38, Principal Dcha – 48010 Bilbao.
Profesión: Economista.
Teléfono: 94.6054415
Fax: 94.443.77.92
Correo Electrónico: inmabi@viablegestionconcursal.com
Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC.)
Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
Bilbao (Bizkaia), 3 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.