EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el concurso necesario num.284/11, seguido contra RUFUJA, S.L., con cif núm. B18650333 por auto de fecha 29 de octubre de 2020 se ha resuelto:
Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Se acuerda la extinción de RUFUJA, S.L., con CIF B-18650333. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de RUFUJA, S.L., con CIF B-18650333.
Requiérase a la Administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (artículo 481 TRLC (177 LC)).
Granada, 29 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendíez Barrando.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 284/2011, por auto de 26 de marzo de 2012 se ha declarado en concurso Necesario al deudor Rufuja, S.L., con domicilio en C/ Buenavista, núm. 23, 18291 Pinos Puente, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pinos Puente (Granada).
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D.ª Beatriz Martín Sánchez, con domicilio postal en:
C/ Piedra Santa nº 11, 1º Izqda. 18009 Granada y dirección electrónica beatrizmartinronda@hotmail.com.
El plazo para esta comunicación es el de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Granada, 2 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.