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Concurso de acreedores terminado Carpinteria Moar Sl

El 15-07-2013, Carpinteria Moar Sl, en CARRAL (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15924830. La actividad (principal) de Carpinteria Moar Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Carpinteria Moar Sl
Localidad:
CARRAL
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15924830
Número de insolvencia:
B15924830
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
CAPELA (POL IND OS CAPELOS) 21
15175 CARRAL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-09-2016
A160062576
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 217/13-M se ha dictado en el día de hoy Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se decreta la conclusión del concurso por fin de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Carpintería Moar, S.L., con CIF B-15924830, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña Tomo 2820, Folio 157, Hoja Registral C-32871. Con el domicilio en el Polígono Industrial Os Capelos, parcela 21, de Carral, Coruña, con los efectos legales inherentes.

2.- Acuerdo la extinción de la entidad Carpintería Moar, S.L., procediendo el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes, a los que se dirigirá mandamiento a tal efecto, con testimonio de la presenta resolución.

3.- A la presente resolución se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y 24 LC.

4.- Declaro aprobada la rendición de final de cuentas formulada por la administración concursal con fecha de entrada en este Juzgado de 14 de junio de 2016.

5.- Unase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Así lo manda y firma SSª Dª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Coruña. Doy fe.

Y para que sirva de notificación expido el presente.

A Coruña, 15 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

27-07-2013
A130044267
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento 217/13-M, por auto de 15 de julio de 2013, se ha declarado en concurso voluntario a la entidad deudora Carpintería Moar, Sociedad Limitada, con CIF B-15924830 y domicilio en Polígono Industrial Os Capelos, parcela 21, Carral (A Coruña), cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad.

2.º Que la deudora declarada en concurso conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 de la LC).

5.º Que ha sido nombrado administrador concursal único el Titulado Mercantil don Carlos Rodríguez Alba, con despacho en c/ Menéndez Pelayo, núm. 7, 1.º Izda., 15004 A Coruña, correo electrónico: crodriguez@abogados-consultores.es

La Coruña, 16 de julio de 2013.- La Secretaria.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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