Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia),
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 913/2012, referente al concursado Mantubac Berri, S.L., con CIF número B95383659, por auto de fecha 08/07/2013 se ha acordado lo siguiente:
1.- Acuerdo Aprobar el Plan de Liquidación del patrimonio de la entidad concursada en los términos propuestos por la administración concursal, con la siguiente modificación: Introducción de un punto complementario (3.º bis) específico para la realización del bien inmueble hipotecado.
2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.
3.- En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.
4.- Inscríbase la Aprobación del Plan de Liquidación en el Registro Mercantil (art 24 LC).
5.- Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador Concursal (artículo 167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
El edicto se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 LC) preferentemente por vía telemática.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.
6.- Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.
Bilbao, 8 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.