Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Ana Eisman Curto, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 270/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 270/2012 Sección C2.
NIG del procedimiento.- 1497/12.
Entidad concursada.- Belleza de Autor, S.L., con CIF n° B64586332.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración.- 28 de marzo de 2012.
Administrador/es concursal/les.- Doña María Lluïsa Morera Calafell, con domicilio en C. Muralla Sant Doménec, 7,1r, 08241 Manresa (Barcelona), con correo electrónico llmorera® moreragestio.com y teléfono núm. 93 872 60 33.
Facultades del concursado.- Intervenido.
Forma de pesonacion.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona, 4 de abril de 2012.- La Secretaria en sustitución.