Edicto
Doña María Jesús López Marín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza,
Anuncia
Primero. Que en el procedimiento concursal número 65/2012-E se ha dictado el Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Industrias Óscar Saúl, S.L., CIF B-50906205.
Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero. En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.
Zaragoza, 17 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.
Edicto
Doña María Jaén Bayarte, Secretaria judicial, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza anuncia
Que en el Sección I declaración concurso 65/2012-E, referente al concursado deudor Industrias Oscar Saúl, S.L., con CIF B50906205 y domicilio en Autovía Logroño, Km. 17,5, Polígono 4, Sector 16, Nave 3, Pinseque (Zaragoza), por auto de fecha 23 de mayo de 2013 se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero.- Se ha declarado disuelta la Sociedad Industrias Oscar Saúl, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Cuarto.- Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados consistentes en dinero, así como la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
Quinto.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para 1a realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la Ley Concursal.
Zaragoza, 23 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,
Anuncia:
Primero.-Que en el Sección I declaración concurso 65/2012, referente al deudor Industrias Óscar Saúl, S.L., con CIF: B-50906205, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Zaragoza, 7 de noviembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
Edicto
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial como Sección I Declaración concurso 65/2012-E, y NIG número 50297 47 1 2012 0000081, se ha dictado en fecha 29 de febrero de 2012, auto de declaración de concurso voluntario y abreviado, del deudor Industrias Oscar Saúl, S.L., con CIF número B-50906205, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera de Logroño km. 17,5, Polígono 4, sector 16, nave 3, 50298 Pinseque (Zaragoza).
Segundo.- Se ha acordado que las facultades de administración queden intervenidas. Se ha designado, como Administrador Concursal a don Arturo Hernández Ortega, con domicilio postal en avenida Cesar Augusto 3, 6.° C, 50004 Zaragoza y dirección electrónica: arturohernandez@economistas.org.
Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Zaragoza, 29 de febrero de 2012.- El/La Seretario/a Judicial.