Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por la presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado, se tramita Concurso de Acreedores del deudor Sildavia Inversiones, Sociedad Limitada, en liquidación, con domicilio en la calle Cura García, n.º 1, local de Pinoso, y C. I. F. número B-53934113, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 2.861, folio 214, Hoja A-88.229, en cuyo seno se ha dictado, con fecha 18-07-14, Auto, acordando la conclusión del concurso, que es firme, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Parte dispositiva.
Acuerdo:
1.º Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.º Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.º Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.º Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.
5.º La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy fe.
El Magistrado-Juez.-La Secretaria, firmado y rubricado."
Y para que sirva de publicación en el B.O.E. expido el presente en
Alicante, 18 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.