Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Inarglas Sociedad Limitada

El 30-07-2010, Inarglas Sociedad Limitada, en MONOVAR/MONOVER (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B03437233. La actividad (principal) de Inarglas Sociedad Limitada es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Inarglas Sociedad Limitada
Localidad:
MONOVAR/MONOVER
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B03437233
Número de insolvencia:
B03437233
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PAIS VASC ((PG IND EL PASTORET)) 7
03640 MONOVAR/MONOVER
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-01-2012
A120001675
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña Pilar Solanot García, secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Proc.Concursal Abreviado - 00052/2011- K, de la mercantil Inarglas, S.L., en cuyo seno, con fecha veintitrés de noviembre de dos mil once, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva contiene entre otros los siguientes particulares:

"...1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título 1III dela Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese delos administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal

5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

8.-Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimientos, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el Boletín Oficial de Estado y en el tablón de anuncios de este juzgado por el plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

9.- Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC..."

Y para que sirva de publicación en el B.O.E expido el presente en

Alicante, 23 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

31-03-2011
21199
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Pilar Solanto García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000052/2011-D sobre declaración de concurso de la mercantil Inarglas, S.L., con domicilio en Partida Almafra Baja, s/n. y CIF número B-03437233, se ha presentado por la administración concursal el informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 21-3-11, que contiene,entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores,dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener una copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el BOE, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y ss. LC).

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 21 de marzo de 011.- La Secretaría Judicial.

17-03-2011
17243
 
  • Cese de los Administradores
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado 00052/2011-D en los que se ha dictado con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Inarglas, S.L., con domicilio en Partida Almafra Baja, s/n, Petrel, C.I.F. número B-03437233,inscrita en el Registro Mercantil de Alicante.

Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 19 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

02-02-2011
4945
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado 00052/2011-D en los que se ha dictado el 30-07-10, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Inarglas, S.L., con domicilio en Partida Almafra Baja, s/n, Petrel, C.I.F. número B-03437233,inscrita en el Registro Mercantil de Alicante.

Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 19 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

Informes
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