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Concurso de acreedores terminado Soldat Export Sociedad Limitada

El 21-10-2019, Soldat Export Sociedad Limitada, en GUADASSUAR (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B98289838. La actividad (principal) de Soldat Export Sociedad Limitada es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Soldat Export Sociedad Limitada
Localidad:
GUADASSUAR
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B98289838
Número de insolvencia:
B98289838
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VALENCIA 42
46610 GUADASSUAR
Mostrar en tarjeta
-
CL :
DR FLEMING 5
46791 BENIFAIRO DE LA VALLDIGNA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-04-2021
A210022474
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Dña. Cristina María Valero Domenech, Letrada Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de Valencia,

Por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Soldat Export, S.L., con el número de registro 613/2019 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 23 de febrero de 2021 con el siguiente tenor literal:

"Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación.

Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/es de la empresa concursada.

Se declara la disolución de la mercantil concursada Soldat Export, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el Administrador Concursal, D. José de Gracia Tort con D.N.I. número 14251896S, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables"

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 23 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Domenech.

23-12-2020
A200064912
 

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000613/2019 habiéndose dictado en fecha 15/12/20 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso necesario de acreedores de Soldat Export, S.L., con CIF B98289838, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. José de Gracia Tort, con domicilio profesional en Avenida Sants Patrons, 30, Alzira, teléfono 962459528, y correo electrónico jose.degracia@coev.com, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 255 TRLC. La dirección de correo electrónico donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

Valencia, 18 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Doménech.

17-07-2020
A200029837
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000613/2019 habiéndose dictado en fecha 11 de marzo de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Valencia auto firme de conclusión de concurso necesario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

1.- Se acuerda la unión a los presentes autos del concurso voluntario n.º 837/19 procedente del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia y se tiene por comparecida en este procedimiento, a la sociedad deudora Soldat Export, S.L., representada por el Procurador D. Enrique Erans Balanzá, con quien se entenderán la siguientes actuaciones.

2.- Se declara el estado de concurso necesario de la mercantil Soldat Export, S.L., con domicilio en C/ Valencia, n.º 42, de Guadassuar (Valencia), C.I.F. número B98289838, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia Valencia, al tomo 9235 folio 30, hoja V-140668.

3.- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE, acordando expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito.

Asimismo se acuerda librar oficio con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Publico Concursal desarrollado por el RD 892/2013, que será entregado al procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, conforme a lo dispuesto en los arts. 7 y 8 del mencionado Real Decreto.

4.- Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil Soldat Export SL por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

5.- Se acuerda la extinción de la mercantil Soldat Export, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.

6.- Una vez firme, expídase por al Sra. Letrada de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, o registro público correspondiente donde esté inscrita la deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona jurídica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. Todos los despachos se entregarán al Procurador de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

7.- Comuníquese la declaración de concurso a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Alzira y Valencia.

8.- Comuníquese la incoación del proceso al fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de veinte días, previo depósito de 50€.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Doy fe.

Firma del Magistrado - Juez Firma del Letrado A. Justicia.

Valencia, 6 de julio de 2020.- La Letrada Admon Justicia, Cristina M.ª Valero Domenech.

14-07-2020
A200029117
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

D./Dña. Cristina M.ª Valero Doménech, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores n.º 000613/2019 habiéndose dictado en fecha 11 de marzo de 2020 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Valencia autofirme de conclusión de concurso necesario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

1. Se acuerda la unión a los presentes autos del concurso voluntario n.º 837/19 procedente del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Valencia y se tiene por comparecida en este procedimiento, a la sociedad deudora SOLDAT EXPORT, S.L. representada por el Procurador D. Enrique Erans Balanzá, con quien se entenderán la siguientes actuaciones.

2. Se declara el estado de concurso necesario de la mercantil SOLDAT EXPORT, S.L. con domicilio en C/ Valencia, n.º 42, de Guadassuar (Valencia), CIF número B98289838, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia Valencia, al tomo 9235 folio 30, hoja V-140668.

3. Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE, acordando expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito. Asimismo se acuerda librar oficio con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Público Concursal desarrollado por el RD 892/2013, que será entregado al procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, conforme a lo dispuesto en los arts. 7 y 8 del mencionado Real Decreto.

4. Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil SOLDAT EXPORT, S.L. por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

5. Se acuerda la extinción de la mercantil SOLDAT EXPORT, S.L. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.

6. Una vez firme, expídase por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, o registro público correspondiente donde esté inscrita la deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona jurídica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. Todos los despachos se entregarán al Procurador de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

7. Comuníquese la declaración de concurso a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Alzira y Valencia.

8. Comuníquese la incoación del proceso al Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, previo depósito de 50 €.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Iltmo./a. Doy fe.

Firma del Magistrado - Juez Firma del letrado A. Justicia

Valencia, 6 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, doña Cristina M.ª Valero Doménech.

30-10-2019
A190059971
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión del concurso
 

Doña Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de CONCURSO ABREVIADO [CNA VOLUNTARIO nº 000837/2019, habiéndose dictado en fecha 21 de octubre de 2019 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez JACINTO TALENS SEGUÍ auto de declaración de concurso de acreedores de SOLDAT EXPORT, S.L., con domicilio en calle Valencia nº 42 de Guadassuar, y CIF nº B98289838, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, HOJA V-140668, TOMO 9235, FOLIO 30 y por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, conforme al art. 176 Bis de la Ley Concursal, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días los terceros legitimados a partir de la publicación de este edicto en el BOE.

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 23 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María José Roig Sapiña.

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