El TSJ indica que en dos ocasiones se intentó notificar el acuerdo a la apelante en el domicilio que constaba de ella
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) no admitió a trámite el recurso que la administradora de una sociedad presentó contra la liquidación de 167.000 euros por parte de la Seguridad Social porque lo formuló fuera de plazo.
La sentencia señala que la Tesorería General de la Seguridad Social exigió a la demandante en un expediente de derivación de responsabilidad el pago de esa deuda, que había sido contraída por su sociedad.