Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Alimentacion Montechico Sl

El 25-11-2011, Alimentacion Montechico Sl, en NAVACONCEJO (Cáceres) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÁCERES. El número de insolvencia de esta empresa es B10378347. La actividad (principal) de Alimentacion Montechico Sl es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alimentacion Montechico Sl
Localidad:
NAVACONCEJO
Provincia:
Cáceres
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B10378347
Número de insolvencia:
B10378347
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JOSE MARIA PIZARRO 35
10613 NAVACONCEJO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-07-2012
A120053147
 
  • Plan de liquidación
 

Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia,

Primero.-Que en la Sección V Liquidación 934/11, referente al concursado "Alimentación Montechico, Sociedad Limitada", se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el día 5 de julio de 2012 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la Administración concursal.

Segundo.-El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Cáceres, 5 de julio de 2012.- El Secretario judicial.

09-07-2012
A120049448
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:

Que en el Sección I Declaración Concurso 934/11, referente al concursado "Alimentación Montechico, Sociedad Limitada", con CIF B-10378347, por Auto de fecha 6 de junio de 2012 se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil "Alimentación Montechico, Sociedad Limitada", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Cáceres, 6 de junio de 2012.- El Secretario judicial.

17-04-2012
A120022055
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Cáceres, anuncia:

Primero.- Que en el Sección I Declaración Concurso 934/11. referente al deudor Alimentación Montechico, S.L., con CIF n.º B-10378347, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley concursal).

Cáceres, 22 de marzo de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

26-12-2011
91474
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración concurso 0000934/2011, se ha dictado en fecha 25 de noviembre de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor, "Alimentación Montechico, Sociedad Limitada", con Código de Identificación Fiscal n.º 103783437 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Navaconcejo (Cáceres).

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejercicio en deudor.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

Cáceres, 25 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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