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Concurso de acreedores Hormigones Y Graveras Bienvenido Rodriguez E Hijos

El 15-01-2013, Hormigones Y Graveras Bienvenido Rodriguez E Hijos, en PEÑARANDA DE BRACAMONTE (Salamanca) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SALAMANCA. El número de insolvencia de esta empresa es B37048030. La actividad (principal) de Hormigones Y Graveras Bienvenido Rodriguez E Hijos es otras industrias extractivas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Hormigones Y Graveras Bienvenido Rodriguez E Hijos
Localidad:
PEÑARANDA DE BRACAMONTE
Provincia:
Salamanca
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B37048030
Número de insolvencia:
B37048030
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción de recursos minerales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RICARDO SORIANO 0
37300 PEÑARANDA DE BRACAMONTE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-01-2014
A140000577
 
  • Apertura de la sección seis
 

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de concurso n.º 601/12 se ha dictado sentencia, que tiene el carácter de firme, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.º 215/13

Salamanca a quince de noviembre de dos mil trece.

Vistos por la Sra. D.ª María Jesús Martín García, Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, los presentes autos de procedimiento concurso voluntario orditario n.º 601/2012 de la entidad concursada Hormigones y Graveras Bienvenido Rodríguez e Hijos, S.L., representada por el Procurador Sr. Gómez Castaño y defendida por los Letrados SR. Gomez de Liaño Botella y Sr. López Aparcero.

FALLO

1.º Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la entidad concursada Hormigones y Graveras Bienvenido Rodríguez e Hijos, S.L., con C.I.F. número B-37048030, que ha sido reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

Se decreta que el convenio adquiere eficacia desde la fecha de la firmeza de la presente sentencia aprobando el convenio, cesando, desde la eficacia, todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, y sin perjuicio de los deberes de la deudora de colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

2.º Se decreta el cese de la administración concursal, sin perjuicio de conservar ésta plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme, y requiérase a la misma a fin de que rinda cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la firmeza de la presente resolución.

3.º Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, contada desde la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

4.º Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración del concurso y el informe de la administración.

5.º Notifíquese la sentencia a la entidad concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

6.º Publíquese la sentencia en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

Líbrese oficio al Decanato de los Juzgados de Salamanca para que a su vez comunique la sentencia dictada a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Salamanca y al Decanato de los Juzgados de Peñaranda de Bracamonte.

7.º Líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Salamanca para la inscripción de la sentencia en el Libro de Sociedades y al Registro de la Propiedad de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca) para la inscripción de la sentencia respecto de los bienes propiedad de la concursada.

Firme la presente resolución, entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado y devolución.

Modo de impugnación: La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de Apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Salamanca, que habrá de interponerse en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación (artículo 197.5 LC y 458 LEC), debiendo constituir el depósito que establece la D.A. 15.ª de la LOPJ.

Notifíquese esta resolución a las partes, cuyo original quedará registrado en el Libro de sentencias quedando testimonio de la misma en estos autos.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Se hace constar que el convenio aprobado está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado.

Salamanca, 8 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

15-06-2013
A130035137
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

El Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil de Salamanca anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal concurso voluntario ordinario número 601/2012, referente a la entidad concursada Hormigones y Graveras Bienvenido Rodríguez e Hijos, S.L., con CIF n.º B-37048030, y con domicilio social en C/ Ricardo Soriano, 17, 1º A, de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), que coincide con el centro de sus intereses principales, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el dia 8 de octubre de 2013, a las 10:00 horas en la Sala de Vistas nº 3 de este Juzgado, sita en la planta sótano Edificio Juzgados, Plaza Colon, s/n.

La Junta será presidida por el Administrador Concursal don Eugenio Llamas Pombo, al amparo de lo dispuesto en el art. 116.2 de la Ley Concursal.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L.C.

Salamanca, 6 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

18-04-2013
A130018316
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil de Salamanca anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal concurso voluntario ordinadio número 601/2012, referente al deudor Hormigones y Graveras Bienvenido Rodríguez e Hijos, S.L., con CIF número B-37048030, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el B.O.E., los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Salamanca, 9 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

02-02-2013
A130003654
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número 601/2012 y NIG del procedimiento 37274 42 1 2012 0010914, por auto de 15-1-2013, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Hormigones y Graveras Bienvenido Rodríguez e Hijos, S.L. con CIF número B-37048030 y domicilio social en c/ Ricardo Soriano, n.º 17, 1.º A de Peñaranda de Bracamonte (Salamanca), que coincide con el centro de sus intereses principales.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º El administrador concursal designado es el Letrado don Eugenio Llamas Pombo, con domicilio postal en Plaza del Ángel, n.º 2 CP: 37001 de Salamanca y con dirección electrónica secretaria@llamasabogados.com, para que los acreedores del concursado, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Salamanca, 23 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

Informes
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