Edicto
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal número 393/11, se ha dictado con fecha 25 de junio de 2013 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Talleres Fegamar, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 16 de mayo de 2013.
2.º La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal, y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la L.C. ni sobre la constitución de la Junta o su celebración.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.º Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria, que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado en veinte días, computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Tablón de Anuncios del Juzgado.
Santander, 25 de junio de 2013.- La Secretaria.
Edicto
María de las Nieves García Pérez Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander
Hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal número 393/11 referente al concursado TALLERES FEGAMAR, S.L. se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el próximo día 16 de Mayo de 2013 a las 11.30 horas en el Salón de Actos del Tribunal Superior de Justicia sito en Avenida Pedro San Martin, s/n, de Santander.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del Art. 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Santander, 8 de marzo de 2013.- El/La Secretario.
Edicto
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal número 393/2011, referente al deudor Talleres Fegamar, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la fijación del presente Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Santander, 21 de febrero de 2012.- La Secretaria.
Edicto.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,
Hago saber;
1. Que en el procedimiento concursal 393/11, por auto de fecha 31 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso al deudor Talleres Fegamar, S.L., con CIF número B-39372891, y con domicilio en Calle Helguera, 26, Carretera Nacional 634, Km 209, de Penagos, Cantabria.
2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC.
4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Santander, 31 de octubre de 2011.- El/la Secretario.