Doña María Asunción González Elías, Secretario judicial de Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño anuncia:
Que en la Sección I, declaración concurso 0000711/2011, referente al concursado Alejandro Hervias García, Sociedad Limitada, Hervias Gestión y promoción Urbanistica, Sociedad Limitada, por Auto de fecha 8 de octubre de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta Alejandro Hervias García, Sociedad Limitada, Hervias Gestión y Promoción Urbanística, Sociedad Limitada, cesado en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Logroño, 8 de octubre de 2012.- La secretario Judicial.
D/D.ª María Asunción González Elias, Secretario/a Judicial de Juzgado Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:
Primero.- Que en el concurso voluntario y abreviado n.º 711/2011, referente al deudor Alejandro Hervías García, S.L. y Hervías Gestión y Promoción Urbanística, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de LC).
Logroño, 14 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de la Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 711/2011, por auto de fecha 25 de Octubre de 2011, se ha declarado en concurso voluntario a los deudores Alejandro Hervias García, S.A., con domicilio en la calle Badarán, n.º 1, de Nájera (La Rioja) y CIF A-26037820 y Hervias Gestión y Promoción Urbanística S.L., con domicilio social en Nájera (La Rioja), calle Badarán, n.º 1, y CIF B-26391748.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Logroño, 25 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.