El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º - Que en el procedimiento número 877/2016, NIG nº 48.04.2-16/027537, por auto de 1/12/2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor PERSIANAS Y CIERRES J.B. S.L., con CIF B-95620555, con domicilio en Calle Zubiate Auzoa nº 12 C bajo nave- Lemoa.
La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artÃculo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
2º -Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º -Que la administración concursal está integrada por el economista D. Juan Angel Basarrate Barrenechea, con domicilio postal en C/ Hurtado de Amezaga, n.º 20, 3.º izda, 48008 Bilbao ( Bizkaia ), y la siguiente cuenta de correo electrónico: dhobalbilbao@terra.com
4º -Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artÃculo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dÃa siguiente a la publicación de este anuncio en el BoletÃn Oficial del Estado.
5º - Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado ( artÃculo 184.3 LC ).
6º- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquél se remiten, se publicarán en la Sección 1ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (art. 23.1 LC y art. 7RD 892/2013).
Bibao, 1 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.