ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 951938529
PROCEDIMIENTO
Civil
Número: 674/2011
NIG: 2906742120110001649
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 19/04/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: un mes
DESTINATARIOS
Acreedores e interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Edicto
Dª Amelia María Puertas Fariña, letrada de la Administración de Justicia del juzgado de lo mercantil nº 2 de Málaga
Hago saber:
Que en el Procedimiento de concurso voluntario n.º 674,51/11 seguido en este Juzgado se ha dictado en Pieza separada de conclusión concurso y rendición de cuentas nº 674.51/2011 con fecha 19/04/2021 auto, acordando la conclusión del procedimiento por finalización de las operaciones de liquidación de la entidad Farmacia Plaza Mayor slp con n.i.f. b92953793, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
parte dispositiva
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de Farmacia Plaza Mayor S.L.P. por finalización de las operaciones de liquidación.
Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y el cese de la administración concursal.
Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, Farmacia Plaza Mayor S.L.P., ordenando la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y en los registros públicos que corresponda, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales.
La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los arts 483 y ss del trlc.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Este Auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el registro público concursal y, por medio de edicto, en el boletín oficial del estado.
Se acuerda el archivo del presente procedimiento.
Así lo acuerda y firma Doña Rocío Marina Coll, magistrada-juez titular del Juzgado de lo mercantil nº 2 de Málaga y su partido. doy fe.
diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.
Málaga, 21 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AMELIA MARIA PUERTAS FARIÑA