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Concurso de acreedores terminado Otros Porvenires Siglo Xxi Sl

El 27-02-2012, Otros Porvenires Siglo Xxi Sl, en VALDEAVERO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B85672210. La actividad (principal) de Otros Porvenires Siglo Xxi Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Otros Porvenires Siglo Xxi Sl
Localidad:
VALDEAVERO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B85672210
Número de insolvencia:
B85672210
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LOPE DE VEGA (CENTRO DE NEGOCIOS) 22
28816 VALDEAVERO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-04-2014
A140017808
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

D.ª Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, por la presente anuncio que en el presente procedimiento concurso 15/2012, se ha dictado Auto de fecha 09.04.2014, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva

Estimando la petición deducida por la administración concursal, a la que no se ha opuesto ni la concursada ni personados, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de "OTROS PORVENIRES SIGLO XXI, S.L.", consignado bajo el n.º 15/2012 que fue declarado por Auto de fecha 27 de febrero de 2012, por inexistencia de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

Acuerdo la extinción de OTROS PORVENIRES SIGLO XXI, S.L., y dispongo la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Debo acordar y acuerdo el cese en su cargo de la Administración Concursal en su día nombrada.

Dése cumplimiento al art. 181 LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1 LC.

Dese cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

El/La Juez/Magistrado-Juez.-La Secretario judicial.

Madrid, 9 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.

25-06-2012
A120043152
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Plan de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario n.º 15/2012 instado por el procurador don Mariano Cristóbal López, en nombre y representación de Otros Porvenires Siglo XXI, S.L., con CIF B-85672210 en el cual se ha dictado con fecha 30/05/2012 auto abriendo liquidación, cuya parte dispositiva es como sigue:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Abrir la fase de liquidación del deudor Otros Porvenires Siglo XXI, S.L., con CIF B-85672210, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2. Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Declarar la disolución si no estuviese acordada de la mercantil Otros Porvenires Siglo, XXI, S.L., con CIF B-85672210 y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.

5. Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6. No procede requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC, por cuanto, tal propuesta de Plan de Liquidación ya ha sido presentado por el Administrador Concursal en fecha 06/03/12, por lo que debe procederse conforme a lo dispuesto en el artículo 148 LC, a los efectos del artículo 148.2 LC.

7. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Madrid, 5 de junio de 2012.- Secretario Judicial.

09-06-2012
A120030057
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil 12 de Madrid, anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal número 15/2012, referente al deudor Otros Porvenires Siglo XXI, con CIF B-85672210, se ha presentado el informe y adición al mismo de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

En Madrid, 4 de mayo de 2012.- El/La Secretario judicial.

07-03-2012
A120011964
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D.ª Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC) anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 15/2012, por auto de 27 de febrero de 2012, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "OTROS PORVENIRES SIGLO XXI, S.L., con CIF: B-85672210, con domicilio social en calle Lope de Vega 22 de Valdeavero (Madrid), cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Lugar para tal comunicación: por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de "OTROS PORVENIRES SIGLO XXI, S.L.": Att. D. CARLOS RODRÍGUEZ CONDE, Calle San Bernardo n.º 20, 1.º Madrid C.P. 28015". E-mail: secretaria@bufeterodriguezconde.com

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 27 de febrero de 2012.- Secretario judicial.

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