Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 787/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad ÁTICO Y ATALAYA DE PROMOCIONES S.L.U. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 787/2012 Sección C4
NIG del Procedimiento.- 0801947120128005857
Entidad concursada.- ÁTICO Y ATALAYA DE PROMOCIONES S.L.U., con CIF n.° B62708052.
Tipo de concurso.- Voluntario
Fecha del auto de declaración.-24/01/2013.
Administradores concursales.- Don Miguel Solsona Tres (Abogado), como Administrador Concursal único, con correo electrónico concurso787@associats.com.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Admnistración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Adminsitración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 25 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.