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Concurso de acreedores terminado Xunqueiriña Sl

El 18-01-2013, Xunqueiriña Sl, en SANXENXO (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36058527. La actividad (principal) de Xunqueiriña Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Xunqueiriña Sl
Localidad:
SANXENXO
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36058527
Número de insolvencia:
B36058527
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
FORXAN 38
36960 SANXENXO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-12-2015
A150055493
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ MARTÍN, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, en cumplimento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 300/12, por auto de fecha 14/12/15 se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor XUNQUEIRIÑA, S.L.U., con CIF B-36058527, con domicilio en Lg. de Forxán, 38, A Vichona, Adina, Sanxenxo, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

1. - Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de XUNQUEIRIÑA, S.L.U., con CIF B-36058527, con domicilio en Lg. de Forxán, 38, A Vichona, Adina, Sanxenxo, con los efectos legales inherentes.

2. - Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. - Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4. - Se acuerda la extinción de la sociedad XUNQUEIRIÑA, S.L.U., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5. - Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6. - Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).

Pontevedra, 14 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

19-02-2013
A130007123
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 300/2012 y Número de Identificación General 36038 47 1 2012 0000515 se ha dictado en fecha 18 de enero de 2013 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Xunqueiriña, Sociedad Limitada Unipersonal, con Código de Identificación Fiscal B-36.058.527, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Lugar de Forxán 38, A Vichona, parroquia de Adina, Sanxenxo.

Segundo.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a doña Eva Malvar Vázquez, con domicilio postal en calle Manuel Cuña Novas, 5, bajo, 36003 de Pontevedra y dirección electrónica señalada eva.malvar@yahoo.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Pontevedra, 18 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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