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Concurso de acreedores Construcciones Miguel Ojeda Miranda Sociedad Limitada.

El 29-06-2010, Construcciones Miguel Ojeda Miranda Sociedad Limitada., en VEGA DE SAN MATEO (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35302876. La actividad (principal) de Construcciones Miguel Ojeda Miranda Sociedad Limitada. es construcción de edificios.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Miguel Ojeda Miranda Sociedad Limitada.
Localidad:
VEGA DE SAN MATEO
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B35302876
Número de insolvencia:
B35302876
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FERNANDO DIAZ CUTILLAS 20
35320 VEGA DE SAN MATEO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-06-2012
A120041885
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 46/2009, seguido en virtud de la declaración de concurso de Construcciones Miguel Ojeda Miranda, S.L. y CIF n.º B35302876, se ha presentado el informe de la administración concursal junto a escrito que subsana el anexo II del mismo, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 31 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

06-08-2011
60141
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000046/2009, seguido a instancias del Procurador Don Óscar Muñoz Correa, en nombre y representación de D. Aniceto Orlando Sosa Medina, se ha dictado auto el día 29 de junio de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Construcciones Miguel Ojeda Miranda, S.L. con CIF B35302876, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Necesario.

Se designa como Administradora del concurso a: Dña. Marta Sonia Salvador Martínez, como Abogado.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención de la misma.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de 2011.- Secretaria Judicial.

Informes
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