Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Propietats Josha S.L.

El 02-03-2009, Propietats Josha S.L., en RIELLS I VIABREA (Gerona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17642687. La actividad (principal) de Propietats Josha S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Propietats Josha S.L.
Localidad:
RIELLS I VIABREA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B17642687
Número de insolvencia:
B17642687
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
OLZINELLES 35
17404 RIELLS I VIABREA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-02-2014
A140004973
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 160/2009, se ha acordado mediante auto de fecha 22 de octubre de 2013, la conclusión y archivo por inexistencia de bienes y derechos de la mercantil concursada PROPIETATS JOSHA, S.L., con CIF B-17642687, con domicilio sito en la calle Olzinelles, número 35 de la población de Riells i Viabrea (Girona), y acordando el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo en relación a la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la LC.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 20 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

04-12-2009
88273
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto.

Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 160/2009, se ha acordado mediante auto de esta feccha la apertura de la liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el artículoo 143 de la Ley Concursal, el cual es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil "Propietats Josha, S.L.", (en liquidación) y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de adminsitración y disposicfión de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal. Así mismo se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado" que es de carácter gratuito.

Inscribese, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona.

Los respectivos oficios y mandamientos serán entregados a la procuradora Rosa LLum Fernández i Feliu para que cuide de su curso y diligenciamiento, con el apercibimiento de la sanción legalmente prevista en el artículo 552 de la LOPJ.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la adminsitración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notifiación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451y 452 de la LEC)

Así lo manda y firma el Magistrado-Juez don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil 1 de Girona, de lo que doy fe.

El Magistrado Juez.-El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 25 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.

18-03-2009
15206
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia número 6, con funciones de Mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 160/2009 Concurso Voluntario Abreviado, por auto de 2 de marzo de 2009 se ha declarado en concurso voluntario, a la mercantil Propietats Josha Sociedad Limitada ( en liquidación ) con domicilio en calle Olzinelles, 35 Código Postal 17404 de Riells ( Girona ) y cuyo centro de intereses principales radica en el mismo domicilio.

2.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º- Se nombra como Administrador concursal a Don Francesc Garcia Rafanel.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico Diari de Girona.

3.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberan hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( artículo 184.3 Ley Concursal ).

Girona, 2 de marzo de 2009.- El Magistrado-Juez.

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