EDICTO
Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander,
Hago saber;
Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 508/2008 se ha acordado por Auto de fecha 27 de marzo de 2019, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado CONSTRUCCIONES ARGECAS 2006, S.L., procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal.
4. Se acuerda el cese de la Administración concursal.
5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de CONSTRUCCIONES ARGECAS 2006, S.L., CIF n.º B39637665 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 27 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
Edicto.
Doña Alicia Espada del Valle, Secretario del Juzgado de lo Mercantil y de 1.ª Instancia n.º 10 de Santander, anuncia:
Que el procedimiento concursal número 508/2008 referente al concursado Construcciones Argecas 2006, S.L. por Auto de fecha 3/05/2010 ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 9/02/2010, por no haberse aprobado en Junta de Acreedores ninguna propuesta de convenio.
2.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.2 de la LC.
3.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.- Se declara la disolución de Construcciones Argecas 2006, S.L., así como el cese de sus administradores que serán sustituidos por la Administración concursal.
5.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
6.- Fórmese la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 16 de septiembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil y de Primera Instancia número 10 de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 508/2008 referente al concursado Construcciones Argecas 2006, S.L. se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 21 de abril de 2010, a las 12.00 horas en la Sala de Vistas nº 6 de este Juzgado.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del art. 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Santander, 9 de febrero de 2010.- La Secretario Judicial.
El auto de declaración de concurso de fecha 1 de Diciembre de 2008 ha cobrado firmeza el 3o de Diciembre de 2008