Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el concurso voluntario abreviado, seguido contra Alaminos e Hijos Constructores, S.L., con CIF núm.B-18480715, por auto de fecha 14 de enero de 2021 se ha resuelto:
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Alaminos e Hijos Constructores, S.L.
Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.
De conformidad a ello:
Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Cuarto: requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.
Quinto: se acuerda la extinción de Alaminos e Hijos Constructores, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad Alaminos e Hijos Constructores, S.L.
Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.
Granada, 14 de enero de 2021.- Letrada de la Admon.de Justicia, Alicia Pilar Raya García.