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Concurso de acreedores terminado Navarrete E Hijos, Sa

El 18-07-2014, Navarrete E Hijos, Sa, en MONCADA (Valencia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es A46014650. La actividad (principal) de Navarrete E Hijos, Sa es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Navarrete E Hijos, Sa
Localidad:
MONCADA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A46014650
Número de insolvencia:
A46014650
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ALBACETE 9
46113 MONCADA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-02-2019
A190007581
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.3 de Valencia, por la presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm.189/2014 habiéndose dictado en fecha 8/2/19 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º de Valencia auto firme de conclusión de concurso necesario,cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva.

Acuerdo la conclusión del Concurso de la mercantil NAVARRETE E HIJOS SA cesando todos los efectos de la declaración del concurso,sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.

Acuerdo la extinciónde la perssonalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.

Cese en su cargo el administrador concursal don ERNESTO LUIS ALAMAN CARCERÁ, con DNI 22.540.867-Q quedando aprobada la rendición final de cuentas.

Notifiquese esta resolución a la administración concursal,a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el «BOE», de forma gratuita por inexistencia de bienes.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspon dientes a la declaración de concurso y la hoja registral de la sociedad.Así mismo,el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos,la presente conclusión, a los efectos oportunos,todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art.178-2 LC, en relación con los arts.23 y 2 LC y art. 323 RRM,que se entregarán a la Procuradora de la concursada DE ELENA SILLA, TERESA a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión,quien, en el plazo de 10 días, desde la notificación de la presente resolución,deberá presentar en ela Secretaría de este Juzgado,acreditación de haber presentado el «BOE» y el RPC los referidos edictos.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art.177LC).

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al libro correspondiente.

Así lo acuerda,manda y firma.Doy fe.

Valencia, 8 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

31-07-2014
A140039888
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000189/2014 habiéndose dictado en fecha por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Valencia auto de declaración de concurso necesario de acreedores de Navarrete e Hijos, S.A., con CIF A46014650, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don Ernesto Luis Alamán Garcerá, con domicilio profesional en calle San Jacinto de Castañeda, 2-1.º-1.ª, Xátiva (Valencia), teléfono 962273751, y correo electrónico ealaman@icav.es, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC.

Valencia, 18 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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