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Concurso de acreedores J. Labella Echeverria Juan Carlos Y Pere

El 26-11-2020, J. Labella Echeverria Juan Carlos Y Pere, en PAMPLONA/IRUÑA (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es E31831324. La actividad (principal) de J. Labella Echeverria Juan Carlos Y Pere es actividades de construcción especializada.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
J. Labella Echeverria Juan Carlos Y Pere
Localidad:
PAMPLONA/IRUÑA
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
E31831324
Número de insolvencia:
E31831324
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CONCEJO DE EGUES 15
31016 PAMPLONA/IRUÑA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-01-2021
A210004218
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000382/2020 referente al concursado Juan Carlos Reyna Pere con NIF 24412277P, con domicilio en calle Esquiroz/Ezkirotz Kalea, 4 4 C de Pamplona/Iruña por Decreto de fecha 19 de enero del 2021 se ha acordado la apertura de oficio de la fase de liquidación, cuya parte dispositiva dice así:

1.- Abrir de oficio la fase de liquidación del deudor D. Juan Carlos Reyna Pere.

2.- Fórmese la Sección 5.ª de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la Liquidación y se encabezará con testimonio de esta resolución, cuyo original se unirá a la Sección 1.ª

3.- La situación del concursado será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, con todos los efectos establecidos para ella en el título III del libro I de esta ley. la apertura de la liquidación, de conformidad con lo previsto en el artículo 413 del TRLC, producirá la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge o, cuando aprecie la existencia de pactos expresos o tácitos de los que derive la inequívoca voluntad de los convivientes de formar un patrimonio común, las de la pareja de hecho inscrita, así como para atender las de los descendientes bajo su potestad. Además, produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones, además de los previstos con carácter general conforme al artículo 414 del TRLC

4.- Se requiere a la Administración Concursal, conforme al artículo 528 del TRLC para que presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada en el plazo improrrogable de Diez Días

5.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el RPC y en el BOE. La publicidad será de carácter gratuito al haberse presentado la solicitud de concurso por profesionales designados por el turno de oficio.

6.- Líbrese exhorto al Registro Civil Central, a la vista de la partida de nacimiento de D. Juan-Carlos Reyna Pere, no nacionalizado español, para su inscripción conforme al art. 18 de la Ley del Registro Civil

Pamplona/Iruña, 20 de enero de 2021.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel Del Valle.

09-01-2021
A210000111
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:

1º.- Que en el Concursal - Sección 1ª (General) número 0000382/2020, NIG 3120147120200000365, por auto de 23 de noviembre del 2020 se ha declarado en concurso de materia Materia Concursal al deudor Juan Carlos Reyna Pere, con NIF nº 24412277P y domicilio en calle Esquiroz/Ezkirotz Kalea, 4 4 C y cuyo centro de principales intereses lo tiene en su domicilio.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La Administración concursal está integrada por doña Maider Ariz Monreal, con domicilio postal en plaza del Castillo/Gazteluko plaza, 28 3ºA, 31001l de Pamplona/Iruña y dirección electrónica: mariz@micap.es

El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 y siguientes del TRLC).

Pamplona, 26 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

Informes
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