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Concurso de acreedores Transportes R'su Sociedad Limitada

El 30-09-2010, Transportes R'su Sociedad Limitada, en ADRA (Almería) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALMERÍA. El número de insolvencia de esta empresa es B04167870. La actividad (principal) de Transportes R'su Sociedad Limitada es transporte terrestre y por tubería.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Transportes R'su Sociedad Limitada
Localidad:
ADRA
Provincia:
Almería
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B04167870
Número de insolvencia:
B04167870
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
GRANADA 0
04770 ADRA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-10-2016
A160068767
 

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 348/2010, con NIG 0401342M20100000000337, por auto de 14/09/2016 se ha declarado la coclusión del presente concurso referente al deudor Transportes R' Su, S.L, con CIF B-0548525, y domicilio en Ctra Río Chico, Km 41, Adra-Almería, por insuficiencia de masa activa, aprobando la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal y declarando la extinción de la mercantil concursada, procediéndose al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.

Almería, 14 de septiembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

26-06-2013
A130037958
 
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

En el presente procedimiento Apertura Sección 348.06/2010 seguido a instancia de Transportes R'Su, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Almería, a seis de junio de dos mil trece.

Vistos por mí, Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de los de Almería, los anteriores autos de concurso en sede de calificación registrados con el número más arriba indicado, a instancias de la Administración Concursal en el procedimiento concursal 348.06/2010, representada por sus integrantes D. Antonio Esteban Cerdán y María Mercedes Fernández Saldaña, y el Ministerio Fiscal, Transporte R'Su, SL, como demandada concursada, representada por la Procuradora D.ª Natalia Ruiz Coello Moratalla y asistida por letrado, y D. Francisco Andrés Suárez Rivera, como demandado, representado por el Procurador D. David Barón Carrillo y asistido por el letrado D. Javier Hurtado Cuadros, en solicitud de declaración de concurso culpable, todo atendiendo a los siguientes

Antecedentes de hecho

1.- Transportes R'Su, SL, fue declarada en situación de concurso voluntario de acreedores por auto de este Juzgado de 30 de septiembre de 2010, según petición de la concursada formulada a 30 de junio de 2010.

2.- Seguido el procedimiento por sus trámites, se dictó auto de 21 de junio de 2012 ordenando abrir la fase de liquidación, con apertura de la sección sexta de este procedimiento concursal.

3.- Sin personación de acreedores que hicieran una propuesta de calificación, mediante escrito de 12 de noviembre de 2012 se propuso la calificación del concurso como culpable, por falta de colaboración de los administradores sociales con la Administración Concursal, irregularidades contables y desvío de recursos financieros a los administradores de la mercantil. Consideraba personas afectadas a D. Francisco Andrés Suárez Rivera, D. Ramón Suárez Rivera, D. Ramón Suárez Olivencia y D.ª Encarnación Rivera Fernández, considerándose personas cómplices D. Francisco Andrés Suárez Rivera (Agencia Transandra, SL), si bien en el suplico se excluye a D.ª Encarnación Rivera Fernández de la condena. El perjuicio ocasionado sería de 725.620.03 € por gastos imputados, concretándose en 203.622,48 € y 204.208,34 € los derechos que debieran ser objeto de pérdida por los afectos. En consecuencia, pedía la inhabilitación de los anteriores por 10 años, pérdida de los derechos que les correspondiera, devolución de bienes y derechos obtenidos indebidamente del patrimonio del deudor y a indemnizar a la concursada de los daños y perjuicios causados en la cantidad de créditos que los acreedores no reciban de la liquidación.

4.- Con traslado al Ministerio Fiscal, se mostró conforme con la calificación pretendida según informe de 20 de noviembre de 2012.

5.- Mediante providencia de 22 de noviembre de 2012 se dio traslado a la concursada para alegaciones, con emplazamiento a las personas afectas para comparecencia.

6.- Mediante escrito de 12 de diciembre de 2012 presentó contestación la concursada, en el sentido de oponerse a la propuesta de calificación, por falta de supervisión de cuentas anuales a la concursada, existencia de información entregada e inexistencia de trasvase de fondos.

7.- Mediante escrito de 23 de enero de 2013 presentó contestación la representación procesal de D. Francisco Andrés Suárez Rivera, en el mismo sentido que el anterior.

8.- Mediante providencia de 30 enero de 2013 fueron convocadas las partes para la celebración de vista para el pasado día 6 de mayo, con el resultado que obra en el soporte audiovisual adjunto, quedando las actuaciones vistas para el dictado de la presente resolución.

Fallo

Que desestimando la petición de calificación del presente concurso de acreedores, siendo concursada Transportes R'Su, SL, efectuada por la Administración Concursal del concurso 348.06/2010,

1.- Desestimo la petición de calificación de concurso culpable, y, en consecuencia, lo califico como fortuito.

2.- Sin imposición de costas.

Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, y comuníquese al Registro Mercantil a sus efectos. Asimismo, publíquese una reseña en el Boletín Oficial de Estado.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondiente en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado para la Audiencia Provincial de Almería, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente, mediante escrito en el que deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para interponer el recurso de apelación habrá de constituirse un depósito de 50 € en la cuenta de depósitos de este Juzgado, el mismo día de su presentación o a los dos días siguientes. De no efectuarse el depósito en los plazos indicados, el recurso no se admitirá a trámite. El depósito se devolverá a la recurrente solo en el caso de que el recurso sea admitido total o parcialmente, según ordene la resolución final del recurso de apelación (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: La anterior sentencia ha sido leída y publicado por el Juez que la suscribe en audiencia pública, en la día de su fecha, y ante mi presencia, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a todos los interesados, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Almería, 11 de junio de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

10-07-2012
A120049931
 
  • Plan de liquidación
 

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 348.05/2010 referente al concursado Transportes R'Su, S.L., con CIF B-04167870, se ha dictado en fecha 21/06/12 Auto en el que se hace constar lo siguiente:

2.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal, siendo concursada Transportes R'Su, S.L., al cual deberán atenerse las operaciones de Liquidación de la masa activa, con las modificaciones señaladas en el mismo.

3.- Cada tres meses la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones.

Almería, 27 de junio de 2012.- El/La Secretario Judicial.

21-03-2012
A120015074
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:

Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 348.05/2010 referente al concursado Transportes R'Su, S.L., por auto de fecha 24/02/12 ha acordado los siguiente:

1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 30/09/11, por no haberse presentado ninguna propuesta.

2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 20 de enero de 2011.

3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.

4. Acordar el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos con la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

Dado en Almería a, 6 de marzo de 2012.- El/La Secretario Judicial.

26-10-2011
76638
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:

1. Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 348.05/2010 referente al concursado Transportes R'Su, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 20 de Enero de 2012, a las 11:00 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado.

2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Almería, 5 de octubre de 2011.- El/la Secretario Judicial.

04-11-2010
78713
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia-Mercantil nº 7 de Almería en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 348/2010, por auto de 30 de septiembre de 2010, se ha declarado en concurso Voluntario el deudor Transportes R`SU, S.L., con NIF B-04167870, domicilio en Ctra. Río Chico km 41 Adra-Almería.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos espresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Almería, 11 de octubre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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