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Concurso de acreedores Persona física

El 18-12-2009, Persona física, en TURIS (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es 24342183H. La actividad (principal) de Persona física es transporte terrestre y por tubería.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
TURIS
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
24342183H
Número de insolvencia:
24342183H
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CIRCUITO LOS JAZMINES 0
46389 TURIS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-02-2010
9747
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado voluntario 1347/09, habiéndose dictado en fecha 18 de diciembre de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de José Luis Navarro Monzó, con DNI 24.342.183-H inscrito en el Registro Civil de Valencia, en el tomo 5 página 311 y María del Carmen Estarlich Manzanares, con DNI 20.804.567-D, inscrita en el Registro Civil de Alberique, tomo 16, página 141, con domicilio ambos en calle Circuito de los Jazmines, 11, Masía Pavía, Turis.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de lo acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asímismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 18 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.

Informes
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