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Concurso de acreedores Persona física

El 22-04-2020, Persona física, en BINACED (Huesca) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de HUESCA. El número de insolvencia de esta empresa es 73203180E. La actividad (principal) de Persona física es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
BINACED
Provincia:
Huesca
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
73203180E
Número de insolvencia:
73203180E
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BINEFAR 0
22510 BINACED
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-05-2020
A200017666
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Doña Paula Jarne Corral, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción, n.º 3, y Mercantil de Huesca, anuncio:

1.º Que en el Concursal - Sección 1.ª (General) número 135/2020 NIG 2212541120200000723, por auto de 22 de abril de 2020 se ha declarado en concurso de acreedores al deudor don Felipe Tena Ramos, con DNI 18043024F, y domicilio en Huesca.

2.º.- Se suspende el ejercicio de las funciones de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la Ley Concursal.

3.º Los acreedores deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación deberá presentarse directamente a la administración concursal, en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La administración concursal está integrada por el abogado Sergio Atarés de Miguel con domicilio en Coso Alto, 21, 4.º B, de Huesca, y dirección de correo electrónico satares@icahuesca.net.

El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 2.ª del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los plazos procesales quedan suspendidos, por lo que esta resolución surtirá todos sus efectos una vez se de por finalizada la mencionada situación excepcional.

Huesca, 27 de abril de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Paula Jarne Corral.

Informes
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