El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:
Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado bajo el número 870/09, en el que se ha dictado auto de fecha 22 de noviembre de 2013, en el que se ha acordado:
1. Debo declarar y declaro la conclusión del concurso voluntario de "Triple Torsión, S.L.", con CIF B-19186949 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 870/09 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
2. Declaro el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes.
3. Declaro el cese de la Administración concursal, integrada por don Santiago Manuel Oliveros Lapuerta.
4. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal designada en el presente concurso
5. Conforme a lo previsto en el artículo 178.2 de la Ley Concursal, en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Conforme a lo previsto en el artículo 178.3 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción del deudor "Triple Torsión, S.L.", así como el cierre de la hoja de inscripción en todos aquellos Registros en los que conste. Librándose los mandamientos que correspondan al efecto.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido el presente.
Madrid, 22 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal voluntario número 870/2009 referente al concursado Triple Torsión, S.L., CIF B19186949, por auto de fecha veinticinco de febrero de dos mil once se ha acordado lo siguiente:
1.º Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor citado.
2.º Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.º Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.º Se declara disuelta la citada mercantil, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.º Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito.
6.º Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 25 de febrero de 2011.- La Secretario Judicial.
Doña M.ª Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal voluntario número 870/2009, referente al deudor "Triple Torsión, S.L.", CIF B19186949, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" (con carácter gratuito) y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Las partes personadas podrán presentar impugnaciones dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la providencia de fecha 21 de mayo de 2010 (artículo 96.1 Ley Concursal). Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal.
3. Las impugnaciones se realizarán por medio de Letrado y Procurador de los Tribunales. Del escrito de demanda y documentos acompañados deberán presentarse trece copias para el emplazamiento de los personados (artículo 94.3 Ley Concursal).
Madrid, 21 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
Doña María del Carmen Oria Fernández, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 870/09 por auto de fecha veintinueve de enero de dos mil diez se ha declarado en concurso voluntario al deudor Triple Torsión, S.L. CIF B19186949 con domicilio en 28440 Guadarrama (Madrid), calle Jara, nº 11, nave 3, Polígono Industrial La Mata.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. La administración concursal única es el Economista Auditor don Santiago Manuel Oliveros Lapuerta.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en Boletín Oficial del Estado, con carácter gratuito.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 29 de enero de 2010.- La Secretario Judicial.