Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Servicios Integrales De Maquinaria Enologica Sl

El 01-01-0001, Servicios Integrales De Maquinaria Enologica Sl, en MURO DEL ALCOY (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado JIMENEZ CABANA, MIGUEL ANGEL. El número de insolvencia de esta empresa es B54124938. La actividad (principal) de Servicios Integrales De Maquinaria Enologica Sl es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Servicios Integrales De Maquinaria Enologica Sl
Localidad:
MURO DEL ALCOY
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B54124938
Número de insolvencia:
B54124938
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
N 340 0
03830 MURO DEL ALCOY
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-11-2020
A200053293
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Letrada Admón. justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] – 000462/2012 K sobre declaración de concurso de lo mercantil SERVICIOS INTEGRALES DE MAQUINARIA ENOLOGICA, S.L., con domicilio en Carretera Nacional n.º 340, Km 805,7, Muro de Alcoy (Alicante), y C.I.F. numero B-54124938, se ha dictado auto de fecha 16/10/20, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Se declara concluso el concurso por cumplimiento del convenio.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D. Leandro Blanco García-Lomas, Magistrado-Juez del juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante.

Alicante, 16 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot Garcia.

30-06-2020
A200025460
 

EDICTO

Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 2 de Alicante, por el presente,

HAGO SABER:

Que en el procedimiento CONCURSO ABREVIADO)(CNA) 000462/2012 K sobre declaración de concurso de la mercantil SERVICIOS INTEGRALES DE MAQUINARIA ENOLÓGICA, S.L., con domicilio en carretera Nacional n° 340, kilómetro 805,7, MURO DE ALCOY (ALICANTE), y CIF B54124938, se ha dictado Auto de fecha 03/03/20, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

"Acuerdo:

1.- Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 30 de septiembre de 2013.

2.- Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertaran con la mayor urgencia en el Registro Publico Concursal, en el BOE y en el tablón de Anuncios de este tribunal.

3.- Expedir, en virtud de lo dispuesto en el articulo 24 de la Ley Concursal, los despachos siguientes:

- 1°.- Registro Mercantil de Alicante, para constancia en la inscripción correspondiente al concursado significándole que remita las certificaciones correspondientes a los registros de bienes en los que el concursado tiene registrados sus bienes como ya se efectuó con la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del Reglamento del registro Mercantil.

4.- Entregar los despachos expedidos al efecto a la Procuradora, señora Pilar Fuente Tomás, a los fines de que se encargue de su diligenciado y gestión.

5.- Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el articulo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el tramite de los incidentes concursales.

MODO DE IMPUGNACION: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Tribunal."

Alicante, 3 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

14-12-2013
A130068092
 
  • Finalización de la fase común
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 000462/2012-K sobre declaración del concurso de la mercantil Servicios Integrales de Maquinaria Enológica, S.L. con domicilio en Carretera Nacional n.º 340, Km 805,7, Muro de Alcoy (Alicante), y C.I.F. número B-54124938, se ha dictado sentencia de fecha 30-09-13 que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

...Que procede aprobar el convenio anticipado.

Concluida la fase común, se producirá el cese inmediato, sin necesidad de resolución expresa los administradores concursales, en los términos del Fundamento Segundo de la presente en el cargo debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de un mes.

Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC...

y auto aclaratorio de fecha 04-11-13, que contiene, entro otros, los siguientes pronunciamientos:

... Que debo estimar y estimo la solicitud de aclaración efectuada por doña Pilar Fuentes Tomás, Procuradora de los Tribunales y de Servicios Integrales de Maquinaria Enológica, S.L. contra la sentencia de 30 de septiembre de 2013, de tal manera que los términos del convenio son los siguientes:

Quita de un 40% y espera de cinco años. Los créditos serán pagados en los siguientes plazos: 10% a los 30 días; 10% a los 12 meses; 15% a los 24 meses; 20% a los 36 meses; 20% a los 48 meses; 25% a los 60 meses.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme...

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante, 25 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

20-04-2013
A130019441
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000462/012-K sobre declaración de concurso de la mercantil Servicios Integrales de Maquinaria Enológica, S.L., con domicilio en Carretera Nacional, n.º 340, km 805,7, Muro de Alcoy (Alicante), y CIF número B-54124938, en cuyo seno, con fecha dos de abril de dos mil trece, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

1.- Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3.- Se convoca junta de acreedores.

4.- Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Secretaría Judicial, que la Junta de Acreedores se celebrará el próximo 27 de junio de 2013, a las 10 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 sita en la 1.ª planta), publicándose Edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, este último de forma urgente y gratuita.

5.- No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración, habiéndose constar que en el caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC).

6.- Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.4 LC.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC, como consecuencia de nuevo párrafo introducido por el RD Leg. 3/2009: "Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4 L.C."

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 2 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

18-12-2012
A120083324
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: que en el procedimiento concurso abreviado 000462/2012 – K sobre declaración de concurso de la mercantil Servicios Integrales de Maquinaria Enológica, S.L., con domicilio en Carretera Nacional n.º 340, Km 805,7, Muro de Alcoy (Alicante) y CIF número B-54124938, se ha presentado por la administración concursal el informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado providencia de fecha 3-12-12, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

-Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los de mas interesados desde la última publicación del edicto.

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 3 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

12-11-2012
A120075682
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado n.º 462/12-K en los que se ha dictado con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Servicios Integrales de Maquinaria Enológica, S.L., con domicilio en Ctra. Nacional, n.º 340, km 805,7, Muro de Alcoy (Alicante), CIF n.º B-54124938, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, Tomo 3064, Folio 207 y Hoja A-99780.

Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

Identidad de la Admón. Concursal: Don Miguel Ángel Jiménez Cabana, en su cualidad de abogado, con DNI n.º 72.881.003-Y, y con domicilio en Rambla Méndez Núñez, 44-4.º B, 03002-Alicante, teléfono 966266302, fax 965143994, email miguel@akraleuka.es

Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivo créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 4 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Síndico / administrador
Síndico:
JIMENEZ CABANA, MIGUEL ANGEL
Dirección física:
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E-mail:
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