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Concurso de acreedores Guiralber Fruit Sl

El 07-09-2016, Guiralber Fruit Sl, en ROJALES (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53338414. La actividad (principal) de Guiralber Fruit Sl es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Guiralber Fruit Sl
Localidad:
ROJALES
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53338414
Número de insolvencia:
B53338414
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CONSTITUCION 53
03170 ROJALES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-09-2016
A160063837
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

D. Wenceslao Plaza Carrero, Letrado de la Administración de Justicia Sustituto del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber: Que por auto de fecha 07/09/2016 en el procedimiento con número de autos 000500/2016 y N.I.G. 03065-66-2-2016-0000472, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor GUIRALBER FRUIT, S.L., con domicilio en Calle Constitución, 53, Rojales - Alicante y CIF nº B53338414, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2183, folio 171, hoja A-51069, representada por la Procuradora D.ª María Irene Tormo Moratalla.

Facultades del concursado: Suspendido

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D. José Antonio Antón Martínez, Economista colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal para notificaciones y comunicación de créditos: Avenida Juan Carlos I, 24, 7º-2, 03202 Elche; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: janton@gestimer.es.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 12 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia Sustituto.

Informes
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