Edicto
Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de Santander,
Hago saber:
Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario número 133/2008 del concursado FILCON GESTION, S.L., se ha acordado por Auto de fecha 2 de abril de 2019, lo siguiente:
1º.- Se declara Concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado FILCON GESTION, S.L., con CIF número B39466446, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2º.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4º.- Se acuerda el cese de la Administración Concursal.
5º.- Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica de FILCON GESTION, S.L., con CIF número B39466446 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la Conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 2 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
Edicto.
Doña M.ª Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 10 y de lo Mercantil de Santander,
Anuncia: Que el procedimiento concursal número concurso ordinario 133/2008 referente a la concursada "Filcon Gestión, S.L.", por auto de fecha 17-2-10 ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 25-11-2009, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
3. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.
4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
5. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración de concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 17 de febrero de 2010.- La Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil y de Primera Instancia número 10 de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 133/2008 referente al concursado Filcon Gestión, S.L. se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 23 de febrero de 2010 a las 13,00 horas en el Salón de Actos del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualemente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiv podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho a la asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L.C.
Santander, 25 de noviembre de 2009.- La Secretario Judicial.
El auto de declaración de concurso de fecha 8 de Abril de 2.008 ha cobrado firmeza el 5 de Mayo de 2.008.