Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Blanes&Mayoral S.L.

El 28-10-2020, Blanes&Mayoral S.L., en DON BENITO (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06640106. La actividad (principal) de Blanes&Mayoral S.L. es actividades de alquiler.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Blanes&Mayoral S.L.
Localidad:
DON BENITO
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B06640106
Número de insolvencia:
B06640106
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VILLANUEVA (DON BENITO), 30 - PISO 3 C 0
06400 DON BENITO
Mostrar en tarjeta
-
CL :
PESCADORES, 46 - 50 0
06400 DON BENITO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-11-2020
A200053246
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCION I, DECLARACIÓN CONCURSO 0000340/2020, se ha dictado en fecha 28-10-2020 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario del deudor BLANES Y MAYORAL, S.L., con CIF: B-06640106, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ VILLANUEVA, 30, PISO 3C, de DON BENITO.

2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto. Se ha designado, como Administración concursal a D. JAVIER CASADO IZQUIERDO, nombrado administrador concursal, con DNI número 09157534-S, mayor de edad, con domicilio profesional en C/ GIL CORDERO, 19-B, 9.º,de Cáceres, y con email jcasado@cibesabogados.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

Badajoz, 28 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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