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Concurso de acreedores Alto Standing Asesores Sl

El 02-12-2019, Alto Standing Asesores Sl, en CAMPO REAL (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B84747195. La actividad (principal) de Alto Standing Asesores Sl es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alto Standing Asesores Sl
Localidad:
CAMPO REAL
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B84747195
Número de insolvencia:
B84747195
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ALUMINIO 6
28510 CAMPO REAL
Mostrar en tarjeta
-
CL :
PRINCIPE DE VERGARA 80
28006 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-12-2019
A190071032
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid,

Hace saber:

1.- Que en el concurso abreviado 1607/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0141351, por auto de fecha 2 de diciembre de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a ALTO STANDING ASESORES, S.L.U., con nº de identificación B84747195 y domiciliado en calle Príncipe de Vergara nº 80 de Madrid (28006).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es PERNA BERTRÁN Y ASOCIADOS, S.L.P., con domicilio postal en calle Gran Vía nº 57, 4º A 1º de Madrid (28013), y dirección electrónica administracionconcursal@perna-asociados.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 12 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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