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Concurso de acreedores Pretensats Macanet Sl

El 15-10-2009, Pretensats Macanet Sl, en MAÇANET DE LA SELVA (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17221888. La actividad (principal) de Pretensats Macanet Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 5.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pretensats Macanet Sl
Localidad:
MAÇANET DE LA SELVA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17221888
Número de insolvencia:
B17221888
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
INDUSTRIA 9
17412 MAÇANET DE LA SELVA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-01-2017
A170003624
 

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el concurso voluntario abreviado núm 904/2009, se ha acordado, mediante auto de fecha 10 de enero de 2017, la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario abreviado de la mercantil Pretensats Maçanet, S.L., provista de CIF núm. B-17.221.888, con domicilio social sito en la calle Industria, núm. 9, de la población de Maçanet de la Selva (Girona), y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.

En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de conclusión del concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 13 de enero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

29-12-2010
92748
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto.

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 904/2009 de la entidad mercantil Pretensats Maçanet, S.L., con núm. de CIF B-17221888, se ha acordado mediante Auto de esta fecha declarar finalizada la fase común y la apertura de la liquidación, a instancia de parte, de conformidad con lo prevenido en el artículo 144 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva.

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Pretensats Maçanet, S.L., con número de CIF B-17221888 y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación se mantiene en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio acordada mediante Auto de declaración de concurso, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil concursada que se halla incita en hoja abierta al Tomo 145, folio 83, hoja GI-2639, inscripción 1.ª

Así mismo líbrese, por duplicado, al Registro de la Propiedad de Figueres ordenándose la práctica de la anotación preventiva de la finca registral núm. 3690 de Vilafant, inscrita al tomo 3430, libro 76, folio 186. Así mismo líbrese mandamiento, por duplicado, al Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners, ordenándose la práctica de la anotación preventiva de las siguientes fincas: 1) Finca registral número 5035 de Maçanet de la Selva, inscrita al tomo 2988, libro 182, folio 156; 2) Finca registral núm. 4570 de Sils, inscrita al tomo 2817, libro 124, folio 17; 3) Finca registral núm. 6894 de Maçanet de la Selva, inscrita al tomo 3077, libro 191, folio 1888, haciéndole saber del cierre de la fase común y la apertura de la fase de liquidación de la entidad mercantil concursada.

Entréguese en debida forma a la Procuradora Sra. Esther Sirvent Carbonell, los despachos y mandamientos para la práctica inmediata de la anotación acordada.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el artículo 168 de la LC, en relación con el artículo 191 de la misma, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado Juez El Secretario Judicial

En cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada el art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 10 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.

28-10-2009
77019
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

D. José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Girona, con funciones mercantiles

Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado núm. 904/2009, se ha acordado mediante Auto de esta fecha 15 de octubre de 2009 la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Pretensats Maçanet, S.L. con domicilio social en la calle Industria nº 9 de Maçanet de la Selva y con número cif núm. B-17.221.888, siendo designado como Administrador Concursal al Letrado don Joan Ferrer Falcón.

La entidad mercantil deudora tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (Art. 184.3 de la LC).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente

Girona, 15 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

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